Responsabilidad Civil

Seguro de Responsabilidad Civil

¿Que es la Responsabilidad Civil?

La responsabilidad civil se define como la obligación de toda persona de reparar los daños y perjuicios que cause en la persona o el patrimonio de otra.

Tipos de Responsabilidad civil.

Existen varios tipos de Responsabilidad civil, entre las cuales se encuentran las siguientes y que pasamos a detallar:

  • Responsabilidad Civil Explotación.
  • Responsabilidad Civil Patronal.
  • Responsabilidad Civil Inmobiliaria.
  • Responsabilidad Civil Locativa.
  • Responsabilidad Civil Producto y/o Post-Trabajos.
  • Responsabilidad Civil Cruzada y subsidiaria.

Responsabilidad Civil Explotación es aquella que tiene que afrontar el responsable de una actividad empresarial (ya sea un autónomo o una empresa con empleados) por los daños que pueda causar a terceros en sus bienes o personas, en el ejercicio de actividades que le son propias.

Ejemplo: Una persona que se encontraba dentro de un establecimiento sufre un fuerte golpe en la espalda al escurrirse o tropezar con algún objeto caído en el suelo, produciéndole de manera inmediata mareos, vómitos y rotura de algún hueso.

Al producirse el accidente durante el desarrollo de la actividad empresarial y  al  causar un daño físico a un tercero podremos aplicar el seguro de responsabilidad civil de explotación para que indemnice a la persona que se encontraba dentro del nuestro local y sufrió las lesiones.

En función al tipo de lesiones producidas, las secuelas, días de baja, la edad del cliente y al factor de corrección aplicable podremos obtener la  posible indemnización a recibir.

Responsabilidad Civil Patronal es aquella atribuida a un empresario que por acción u omisión provoque un accidente laboral en el que un trabajador de la compañía resulte lesionado.

Ejemplo: si eres propietario de un restaurante y uno de los trabajadores se quema en los fogones por un problema de mantenimiento de los mismos, los daños ocasionados y la baja también estarían cubiertos por la responsabilidad civil patronal.

La Responsabilidad Civil Inmobiliaria es aquella Responsabilidad que corresponde al propietario de un inmueble, edificio o terreno por los posibles daños que pueda ocasionar a un tercero.

Algunos ejemplos serían: Un incendio propagado a una vivienda o piso colindante y cuyo origen está en un cortocircuito producido en otra vivienda, siendo esta la responsable de los daños por incendio. Una inundación producida por la rotura de la tubería de una vivienda y que ocasiona serios daños en los pisos inferiores.

Responsabilidad Civil Locativa es aquella cobertura que protege al propietario y/o al arrendatario de un local frente a los daños personales y materiales que pueda producir un inquilino en el inmueble mientras realiza su actividad.

Ejemplo: Una persona o empresa alquila un local para celebrar un evento gastronómico y se produce una fuga de gas que provoca una explosión, dañando el local alquilado, el inquilino que alquila el local debe hacerse cargo de los gastos producidos por el accidente.

Responsabilidad Civil de Productos y/o Post-trabajos cubre la reclamaciones al asegurado por daños corporales, daños materiales y perjuicios consecutivos, causados involuntariamente a terceros por los productos, trabajos o servicios entregados en el desarrollo de la actividad asegurada sobrevenidos después de la entrega.

Ejemplos: En un taller mecánico se cambian la pastillas de freno de un vehículo, al montar las ruedas un tornillo no queda suficientemente apretado, se le entrega el vehículo al cliente y de camino a su destino, la rueda se afloja y ocasiona un accidente. En un restaurante se sirve comida con salmonela y acaba ocasionando una intoxicación alimentaria. Por ultimo un fontanero instala o repara una tubería pero no queda bien sellada produciendo daños por agua.

Responsabilidad Civil Cruzada y Subsidiaria, la RC Cruzada cubre los daños a los trabajadores subcontratados, mientras que la RC Subsidiaria cubre los daños a terceros, sean producidos por un contratado o subcontratado. Es decir, la única diferencia es si el perjudicado es un bien o una persona externa o un trabajador.

Ejemplos: Con la RC Cruzada, el responsable de una obra subcontrata a otra empresa o autónomo para realizar un servicio, tendrá la obligación, cómo principal responsable de la obra, de responder ante de los daños personales que puedan ocurrirle al subcontratado.

Entre los ejemplos de RC Subsidiaria está la del constructor de un edificio si un electricista que trabaja para él comete alguna negligencia que es detonante de un incendio en el inmueble o el Estado en caso de que un guardia civil ocasione lesiones con su arma reglamentaria estando fuera de servicio y sin que medie peligro.

Existen otros tipos de Responsabilidad Civil como la de Consejeros y Directivos (D&O) o Responsabilidad Medioambiental las cuales trataremos en próximas publicaciones.

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